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Éste es el mejor momento de la pelÃcula El Concursante, de Rodrigo Cortés.
El momento en el que le explican al protagonista cómo funcionan los bancos.
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Lástima que en el mundo real haya minas de oro y se descubran minas nuevas… ¿será asà como nos hemos salvado muchos?
Continuando el post anterior, expongo a continuación el camino recorrido por la directiva y sus implicaciones.
Recomiendo para el que desee más información la consulta de la Wikipedia, la lectura de la directiva inicial y la finalmente aprobada.
La versión inicial, presentada en enero de 2004 por el ex-comisario europeo Frits Bolkestein, fue duramente criticada al establecer el llamado ‘principio de paÃs de origen‘.
Dicho principio establecÃa que los operadores trasnacionales sólo se atendrÃan a la ley del Estado donde radica la sede de la empresa y no a la ley del Estado donde se presta el servicio.
De este modo, el paÃs de origen se convertÃa en responsable del control de los prestatarios de servicios, aunque el beneficiario resida en otro Estado miembro.
En opinión de los sindicatos y partidos de izquierdas europeos, este aspecto supondrÃa una amenaza a los logros alcanzados en polÃtica laboral en algunos paÃses europeos (por ejemplo, Alemania o Francia).
Además, se vislumbra una “perversión” del objetivo dinamizador de la directiva al incitar a los prestadores de servicios a establecer filiales sólo en los Estados miembros que aplicasen protecciones sociales limitadas.
El clima de movilizaciones y malestar, ha llevado a considerar a algunos analistas que una de las claves del ‘no’ a la Constitución Europea en los referendos francés y holandés, podrÃa estar de hecho en esta directiva.
En esta situación, el Parlamento Europeo y el Consejo de la UE enmendaron el alcance de la directiva este año,  en febrero y mayo respectivamente, hasta alcanzar la versión finalmente sancionada ayer en la Eurocámara.
La directiva aprobada consagra la libre circulación de las empresas de servicios, pero permite a los Estados restringir la apertura del sector por razones de ‘orden público, seguridad pública, protección al medio ambiente o salud pública’, siempre que no discriminen al hacerlo entre empresas nacionales y europeas.
La lista de exenciones incluye los servicios no económicos de interés general que defina cada paÃs, entre los que se ubican los fiscales, audiovisuales, notariales, de seguridad, de beneficencia, las empresas de trabajo temporal, la salud y los juegos de azar.
Junto a los anteriores, nos encontramos con los llamados servicios económicos de interés general como servicios postales, sector eléctrico, gas, distribución y suministro de agua y gestión de residuos.
A juicio de los eurodiputados, algunos de los principales beneficiarios de la norma serán el sector de las telecomunicaciones, donde la ubicación de las empresas no afecta a la calidad del servicio, y los prestatarios de pequeños servicios de las zonas fronterizas.
¿Cómo creeis que nos afectará a los que trabajamos en este sector? ¿De qué forma afectará al sector de las telecomunicaciones español? ![]()
Se pudo leer ayer en casi todos los medios de comunicación la noticia de que el Parlamento Europeo ha dado el visto bueno definitivo a la directiva que liberaliza la prestación de servicios en el mercado comunitario.
Más conocida como la “Directiva Bolkestein” , su redacción finalmente ha terminado incluyendo algunos de los lÃmites impuestos en los casi tres años de su polémica tramitación.

De esta forma, la UE liberaliza con lÃmites el mercado interior de servicios, en virtud del acuerdo alcanzado por los grupos del Partido Popular Europeo, Partido Socialista Europeo (con la excepción del voto en contra de sus eurodiputados franceses) y Partido Liberal.
En contra, los Verdes/Alianza Libre Europea e Izquierda Unitaria Europea presentaron enmiendas de rechazo total a la directiva pero apenas obtuvieron un centenar de votos.
La norma, que deberá ser transpuesta en el ordenamiento jurÃdico de los Estados miembros en un plazo de tres años, pretende reducir los trámites burocráticos que afrontan las empresas de servicios cuando quieren operar en paÃses distintos al de establecimiento, incluso si carecen de filiales en ellos.
De esta forma se pretende dinamizar un sector que supone un peso de más del 70 por ciento del PIB de la UE.
Para aquellos que no conozcan la directiva ni su dificil tramitación, expondré en el próximo post un resumen del controvertido proceso y contenido principal de la directiva.Â
Parece que estos dÃas podemos leer una gran cantidad de cifras y rankings sobre la salud económica de nuestras empresas, asà que otro más que os comento para vuestro conocimiento
El pasado 27 de septiembre se ha publicado el Informe Anual sobre Competitividad Global (Global Competitiveness Report) del prestigioso Foro Económico Mundial (World Economic Forum).
El informe establece un ranking con 125 economÃas nacionales alrededor del globo en términios de su competitividad, basándose en un conjunto de indicadores financieros clave.
Realizada bajo el amparo del World Economic Forum, en realidad el informe se ha elaborado con la cooperación de una red de institutos de investigación y organizaciones de negocio, entre las que aparecen, entre otros, la Cámara de Comercio norteamericana, el propio Ministerio de EconomÃa de México o escuelas de negocios como IESE en España o HEC en Francia.
El informe determina el ranking usando la recopilación de datos públicos y encuestas a 11.000 compañÃas, y estableciendo un Ãndice (Global Competitiveness Index) con 9 pilares como dimensiones de medida de la competitividad:
Alguien ahora se preguntará, ¿y en qué puesto está España?
El Ãndice global sitúa a España en el puesto 28, al igual que el año pasado (aunque 6 puestos por debajo de la posición en el ranking de 2004).
Destacamos principalmente en Sanidad y Educación Primaria (el quinto puesto a nivel mundial), lo que “enmascara” el puesto 39 a nivel de las Instituciones o el 36 de la Eficacia de los mercados y el 35 de la dimensión de Innovación.
El informe incluye finalmente otro Ãndice, Business Competitiveness Index, que a diferencia del anterior, mide la competitividad en términos microeconómicos.
Este segundo Ãndice identifica las fortalezas y debilidades competitivas en términos de las condiciones del entorno de los negocios y las estrategias y operaciones de las empresas, proporcionando una valoración de la sostenibilidad de los actuales niveles de prosperidad de los paÃses.
La posición de España para este segundo baremo es la 30.
Me llega por dos fuentes la noticia de que «Vodafone elige a EDS e IBM para externalizar sus labores de desarrollo y gestión de aplicaciones».
La noticia aparece tanto en la Asociación Española de Empresas de ConsultorÃa como en Terra.
Con esta medida, Vodafone pretende reducir costes entre un 25 y un 30% en un periodo entre 3 y 5 años.
La filial española de la compañÃa ha indicado que el proceso de selección se ha desarrollado en los últimos ocho meses entre once candidatos y espera cerrar el acuerdo definitivo con EDS e IBM en las próximas semanas.
Asimismo, Vodafone España subrayó que considera como ‘elemento fundamental’ de la negociación la garantÃa de que todos los empleados afectados por este proceso (200) pasarán a la empresa con la que finalmente se cierre el contrato con unas condiciones laborales que sean equivalentes, al menos, a las que tienen actualmente en la operadora.
La medida se enmarca en el plan de ahorro de costes del grupo británico, mediante la racionalización de los servicios y una mejora de calidad del software asà como mayor flexibilidad, todo ello para reducir unos costes que supusieron para Vodafone más de 800 millones de euros el año pasado.
Vodafone puntualiza que, a pesar de la medida, conservará el control estratégico completo del sistema.